PortsIB acaba de responder a la nueva regulación del Estado en materia de alquiler de embarcaciones prohibiendo el uso comercial de amarres privados y avisando a los usuarios de que incumplir esta norma significará expedientes sancionadores y la caducidad inmediata de la autorización.

Antecedente: nueva normativa estatal en vigor desde el pasado 23 de julio
El pasado 23 de julio entró en vigor una resolución de la Dirección General de la Marina Mercante, publicada en el BOE (puedes consultar más abajo en esta entrada), que permite a embarcaciones privadas de recreo (matriculadas en la Lista 7.ª) cambiar temporalmente su uso a comercial para su explotación mediante alquiler náutico. Esta medida se aplicará en todo el territorio nacional, incluidas las Illes Balears, aunque la tramitación efectiva de estos nuevos despachos no podrá iniciarse hasta el próximo 15 de agosto, fecha en la que entra en vigor el nuevo Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima (RONM).
Según la normativa, este cambio de uso tiene una duración máxima de tres meses consecutivos al año y exige que la embarcación esté gestionada por una empresa especializada en chárter náutico, bajo contrato de gestión. Durante el período comercial, el barco deberá cumplir con las mismas inspecciones y requisitos técnicos que los de la Lista 6.ª, además de contratar un seguro adicional que cubra accidentes, invalidez o fallecimiento de las personas a bordo. En cuanto a la identificación, las embarcaciones deberán lucir las letras “CT” en ambas amuras, y el propietario o personas vinculadas a él no podrán operar a bordo, salvo el personal profesional enrolado.
El Ministerio de Transportes justifica la medida señalando que garantiza la seguridad marítima y la prevención de la contaminación en las actividades de alquiler, dotando de un marco legal a una práctica creciente en los meses de temporada alta.
La reacción autonómica balear: el Govern impone límites desde PortsIB
La reacción del Govern de les Illes Balears ha sido inmediata. A través de una resolución emitida por Ports de les Illes Balears (PortsIB), la administración autonómica ha prohibido expresamente el uso comercial de los amarres concedidos para uso particular en los puertos de gestión autonómica. Cualquier utilización con fines lucrativos —como el alquiler turístico de embarcaciones privadas— será considerada infracción grave, conllevando la apertura de un expediente sancionador y la revocación inmediata de la autorización de amarre.
El Govern argumenta que esta medida se ampara en sus competencias exclusivas sobre el dominio público portuario, y defiende que el modelo portuario balear establece una clara diferenciación entre amarres sociales (uso particular) y comerciales, que responden a necesidades operativas diferentes y, a menudo, incompatibles. Según señala la Conselleria del Mar, usar amarres sociales para fines lucrativos “desvirtúa su finalidad” y genera mayor presión sobre infraestructuras ya saturadas.
Asimismo, para reforzar el control sobre los puertos en régimen de gestión indirecta, PortsIB ha exigido a las entidades concesionarias que, en un plazo máximo de diez días, remitan una propuesta de distribución de amarres, diferenciando entre los destinados a uso privado y los reservados para actividades profesionales como el chárter o el transporte marítimo.
El PSIB-PSOE anuncia una excepción para Baleares
En este contexto de confrontación entre administraciones, el PSIB-PSOE ha asegurado haber negociado con el Ministerio de Transportes una excepción a la aplicación de la nueva normativa en el caso de Baleares. La diputada socialista Milena Herrera anunció en rueda de prensa que esta exclusión entrará en vigor antes del inicio de la próxima temporada turística, con el objetivo de mitigar la saturación del litoral balear. Herrera ha destacado que esta excepcionalidad podría aplicarse también a otros territorios que presenten condiciones similares.
Pese al anuncio socialista, desde el Govern se insiste en que la resolución estatal no puede alterar las condiciones de uso de los amarres reguladas por PortsIB ni imponerse sobre el marco jurídico autonómico, que mantiene plena vigencia.
Consulta o descarga las resoluciones mencionadas aquí
Haz clic aquí para consultar o descargar la resolución de la Dirección General de la Marina Mercante publicada en el BOE el 22 de julio de 2025.
Haz clic aquí para consultar o descargar la resolución de Ports de les Illes Baleares (PortsIB) en el BOIB.
Un conflicto jurídico y político en plena temporada alta
La autorización estatal para alquilar embarcaciones privadas ha generado un importante conflicto competencial entre el Gobierno central y el Govern balear, que defiende su modelo de ordenación portuaria y sostenibilidad ambiental frente a la liberalización del mercado náutico. Mientras que la norma estatal persigue regular una actividad en auge, las autoridades baleares optan por priorizar la conservación del litoral y el uso equilibrado de los recursos portuarios.
La futura aplicación o suspensión de esta norma en las islas dependerá de la efectividad del pacto anunciado por el PSIB y de cómo se resuelva la tensión entre ambos niveles de gobierno. Para los usuarios de la náutica en Baleares, esta situación requiere máxima atención.
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